viernes, 8 de noviembre de 2013

¿Qué hay entre el matrimonio poliamor y la alegalidad?

La entrada de Vimes sobre el Matrimonio poliamor (a la que he llegado por La Mosca Cojonera) me ha dejado esta mañana pensando sobre la regulación jurídica de vínculos de parentesco nucleares (vínculos familiares más allá de la pareja monógama y de la filiación adultx-crix por relación biológica).

Yo no simpatizo con la institución del matrimonio, aunque no tengo una idea informada de las diferencias jurídicas entre la regulación como pareja de hecho y el matrimonio. Sólo sé que no son equivalentes (con el matrimonio obtienes más privilegios, según tengo entendido).

Aunque tampoco simpatizo con la forma de la estructura social en la que vivo (este "Estado democrático de derecho") soy consciente de que las personas que establecemos vínculos de parentesco no convencionales estamos desamparadas en muchas situaciones. No voy a detallar en cuáles, sirve pensar en una pareja del mismo sexo cuando no estaban reguladas: acompañamiento hospitalario, heredar bienes que han sido comunes (pero no a nivel legal, y por tanto se los pueda quedar el Estado), custodia de lxs hijxs, etc. En la entrada de Vimes se entienden unas cuantas, específicas de los vínculos románticos/sexoafectivos no monógamos (poliamorosos).

Por eso creo que necesitamos mucha información y formación sobre el ámbito jurídico, que al final regula, ampara y desampara tantos aspectos de nuestra vida cotidiana, y aprender y seguir pensando formas o estrategias de autodefensa. Y digo autodefensa porque ese espacio de convivencia cotidiana, esas formas de parentesco en red o en tribu o simplemente más allá de la familia nuclear convencional ya existen, las hacemos reales en nuestro día a día - en la alegalidad. Informarnos y formarnos sobre cómo proteger esos espacios una vez fuera del armario, además de en situaciones de conflicto, desgracia, duelo, etc.

Necesario y bien complicado. Ya me parece complicado establecer acuerdos compatibles y flexibles entre las propias personas implicadas, sólo en el plano emocional, pensar en combinar eso con acuerdos legales sobre bienes, economía, filiación de niñxs, etc. me da vértigo. Pero de alguna manera tenemos que conseguir las herramientas para proteger legalmente nuestras decisiones y constelaciones familiares (me chirría la palabra "familia", pero constelaciones de parentesco nuclear me suena raro). 

Por otro lado, la idea de regularizar el tipo de acuerdos al que podemos llegar suena a "blindar", ¿cómo podríamos reflejar jurídicamente la flexibilidad o el posible fluir de los "contratos"/acuerdos en una relación no monógama? ¿y el de un grupo poliamoroso? lo que no es un tema de "importancia menor", sino un rasgo (como yo lo veo) básico en este tipo de relaciones.

Otro tema en el que me pierdo totalmente es en el tema niñxs. Ya se me hace complicado pensar (y de hecho lo es) en la filiación en la crianza compartida: de un/x niñx por una persona adulta que no es la pareja de la madre, ni tienen ningún vínculo romántico. Por ejemplo: compartir la crianza entre dos hermanxs o entre amigxs. Por ejemplo compartir la crianza entre una mujer que geste y una pareja que no geste (el caso más claro es una mujer que quiera tener un hijx -"madre soltera"- y una pareja de hombres). Por ejemplo mil ejemplos.

Si ya es complicado pensar en la regulación legal de la filiación desvinculándola de las relaciones románticas/sexoafectivas, pensar en combinarla con la regulación de acuerdos poli hace que me retuerza el cerebro. Y no saque nada en claro porque no tengo ninguna formación en este ámbito. ¡ARRR! ¡Toca estudiar!



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